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Sentencia confirma la habilitación legal del Arquitecto Técnico para Técnico Municipal de urbanismo

29/07/2016

 

La Sentencia, con fecha 2 de junio de 2016, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de León, ya firme, estima el recurso interpuesto por el COAAT de León contra el acuerdo del Ayuntamiento de Cacabelos por el que se había aprobado la convocatoria de oferta de empleo para puesto de Técnico de Urbanismo y contra las bases publicadas en la página web, en particular el objeto de la convocatoria referido a las funciones del puesto de trabajo, siendo las siguientes:

"a) emisión de informes sobre licencias de obras;

b) emisión de informes, seguimiento y tramitación del planeamiento general y de desarrollo y sus modificaciones;

c) emisión de informes, asesoramiento y actuaciones en materia de gestión y disciplina urbanística;

d) emisión de informes sobre licencias de actividades; e) emisión de informes sobre calificación urbanística de terrenos;

f) replanteo de alineaciones y rasantes de vías públicas

g) ayuda a la preparación de expedientes de contribuciones especiales en lo relativo a mediciones y módulos de reparto;

h) confección de valoraciones estimativas de obras e inversiones municipales, advirtiendo que para la contratación y ejecución de las obras es necesario que el Ayuntamiento encargue la redacción del correspondiente proyecto, trabajo no incluido en los términos de este contrato;

i) emisión de informes y dictámenes en expedientes de declaración de ruina de edificios;

j) asesorar a las comisiones informativas y órganos de decisión de la corporación en cuantos acuerdos tengan que adoptar;

k) dirección de obras municipales; y

l) asesoramiento al ciudadano en materia urbanística de competencia municipal”.

 

Según estas funciones, este Ayuntamiento entendió que sólo los Arquitectos tenían atribuciones y competencias para desempeñar este puesto. En el fallo (resolución) de la sentencia, y tras citar diversas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se concluye que según la Ley 12/86 de Atribuciones y L.O.E. tales funciones podrían ser desempeñadas por Arquitectos o Arquitectos Técnicos, tanto que la única función que podría suscitar dudas sobre su posible atribución o no a los arquitectos técnicos o aparejadores e ingenieros de edificación, es la reflejada en el apartado k) Dirección de obras municipales” . De ser un edificio destinado a un uso administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural, únicamente podría redactar el proyecto y ser director de la obra un arquitecto, conforme al art. 10 LOE, mientras que si se tratase de cualquier otro uso distinto a los previstos en tal apartado a) y en el b), podría redactar el proyecto de obra y ser director de la misma además de arquitecto, los arquitectos técnicos y los ingenieros de la edificación. Pero en todo caso, tal y como dice la sentencia, no sería posible excluir directamente de tal atribución a los arquitectos técnicos, sino que debería estarse en cada caso a la función de las características del proyecto a ejecutar y por tanto de la obra a dirigir, en relación con la técnica de cada titulación, y ello, por sí mismo, es un criterio no predeterminado de modo claro y taxativo en la norma legal aplicable, debiendo siempre deducirse de cada caso concreto, si la naturaleza y características de del proyecto se ajusta de modo lógico y prudente a la extensión del nivel de conocimientos propios de cada titulación, y por tanto si la dirección de tal obra puede corresponder a un arquitecto o igualmente a un arquitecto técnico. dado fin al proceso selectivo de contratación.

 

Quizá fue tarde para impugnar la resolución de esta convocatoria, pero en futuras convocatorias para el puesto de Técnico de Urbanismo es importante que todos los ayuntamientos tengan claro que el Arquitecto Técnico o Ingeniero de Edificación no debe ser excluido.  

 

Puede verse la sentencia completa así como la explicación por parte del COAAT de León aquí.  

 

FUENTE: Colegio Oficial de Aparejadores y  Arquitectos Técnicos de León

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